Instituciones de control
Ley Nº 24156 de Administración Financiera y Control de Gestión
Control externo
Auditoría General de la Nación
Control interno
Sindicatura General de la Nación
Auditorías Internas (ver misión)

La autoridad superior de cada jurisdicción o entidad dependiente del Poder Ejecutivo nacional será responsable del mantenimiento y de un adecuado sistema de control previo y posterior, incorporados en el plan de organización y en los reglamentos y manuales de procedimiento de cada organismo y la auditoría interna.
La Unidad de Auditoría Interna depende jerárquicamente del ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, y funcionalmente de la Sindicatura General de la Nación.
El control externo lo realiza el Poder Legislativo a través de la Auditoría General de la Nación:
1. Cumplimiento metas y objetivos. (eficacia)
2. Salvaguardar sus bienes y recursos.
3. Suministrar información suficiente confiable oportuna.
4. Promover E, E y E de las operaciones.
5. Asegurar el cumplimiento de las leyes y normas en vigor.
Diferentes tipos de auditoría:
1. Auditoría por flujos o circuitos: mediante el seguimiento de las etapas de administración, por ej.: producción de bienes, prestación de servicios, liquidación de sueldos, etc., o sea toda la actividad a realizarse según reglamentos, manuales de procedimiento etc. Esta es conocida como horizontal.
2. Auditoría por área de operaciones: (por ej: compras y contrataciones, utilización de recursos humanos, inversión en inmuebles) y permite determinar el funcionamiento de la estructura y del control interno.
La auditoría requiere de un enfoque plural e interdisciplinario, es decir, un equipo o sea un grupo de individuos organizados para un determinado cometido, que bien puede ser monográfico (ej: integrado por contadores, abogados, sanitaristas, etc.). El primero estará a cargo de un jefe, el segundo a cargo de un coordinador, siendo responsabilidad del auditor interno la dirección de los recursos humanos asignados a su área, como así también su idoneidad en las distintas disciplinas de su incumbencia.
Las tres E:
Economía: este concepto está ligado a la relación costo/beneficio del sistema de control y al objetivo planteado en cuanto a la utilización racional de los recursos.
Eficiencia: también este concepto está referido al logro de los objetivos con el menor costo posible.
Eficacia: si los objetivos o metas propuestas se han obtenido.

Como vemos estos tres conceptos están orientados al control de gestión y esto nos lleva al concepto de auditoría integral e integrada, que en rigor de verdad son dos características imprescindibles de la auditoría tal cual la establece la Ley Nº 24.156.

El concepto de integral se refiere a que los informes no deberán circunscribirse a los aspectos contables y financieros, sino que también deberán abarcar aspectos legales, económicos, de gestión, etcétera.
El concepto de integrado se refiere a los elementos que la Ley de Procedimientos Administrativos (Ley Nº 19.549) prescribe en sus arts. 7º y 8º. Estos son: competencia, objeto, procedimientos, motivación, finalidad y forma.