Sistema de Búsqueda y Registro de Postulantes con Discapacidad
(Decreto 312/10)
En este espacio se administra el Sistema de Búsqueda y Registro de Postulantes con Discapacidad. Aquí todos los organismos tienen la posibilidad de acceder para realizar búsquedas de personas con discapacidad a fin de seleccionarlas para cubrir diferentes puestos laborales.
El Estado nacional, los organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales, las empresas del Estado y las concesionarias de servicios públicos tienen la obligación de ocupar personas con discapacidad en una proporción no inferior al 4% del total de su personal. Asimismo, las normas establecen reservas de puestos de trabajo para ser ocupadas exclusivamente por estas personas. Las normas que definen esta obligatoriedad son el Decreto N° 312/10, que reglamenta la Ley N° 25.689, la cual modifica el art. 8° de la Ley N° 22.431. Asimismo, el art. 3° del citado decreto establece que el MTEySS tiene a su cargo la publicidad, publicación y administración del Sistema a través de esta web. En este Ministerio, la Unidad para Personas con Discapacidad es el área responsable de la coordinación, el asesoramiento, la consulta, el contacto y la mediación de todas las acciones que involucran este Sistema y sus actores.
Para utilizar este Sistema cada organismo deberá designar un único responsable quien recibirá una clave de acceso única para realizar las consultas y selecciones de los posibles candidatos de modo directo o bien para solicitar al MTEySS que proceda a hacerlo en su representación. En el primero de los casos, cada vez que proceda a búsquedas y selecciones de personal por este Buscador, el organismo a través de su representante recibirá en su cuenta de correo el certificado correspondiente y el detalle de las personas seleccionadas para proceder a su entrevista. En el segundo caso, el MTEySS se contactará con el organismo a través de su Unidad para Personas con Discapacidad, a fin de ultimar detalles de la preselección de candidatos. En todos los casos, la Unidad se mantendrá en contacto con las partes para asistir en el desarrollo del proceso.
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Ley 25.689 | Sistema de Protección Integral de los Discapacitados
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Decreto 312/2010 | Sistema de Protección Integral de los Discapacitados
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