El MTEySS está facultado para requerir documentación a los empleadores fiscalizados (Listado de trabajadores, Fotocopia estatuto, Certificado reducción, Constancia CUIT, Constancia inscripción empleadores, Libro Artículo 52 y última declaración Jurada –formulario 931) y para labrar actas de obstrucción totales o parciales en el caso de que fuera necesario.
El Decreto Nº 772/96 asigna al MTEySS el rol de autoridad central de inspección del trabajo y de la seguridad social y la función de superintendencia de todos los servicios de inspección laboral. A partir de lo cual se han implementado programas nacionales que tienden al desarrollo de actividades conjuntas entre la Nación, las provincias y otros organismos nacionales (Administración Federal de Ingresos Públicos -AFIP- y Administración Nacional de la Seguridad Social -ANSES-).