A continuación se describen las distintas líneas de apoyo a la inserción laboral que integran los Convenios Sectoriales.
Apoyo a las nuevas contrataciones registradas de trabajadores y trabajadoras capacitados en el marco de los Acuerdos Sectoriales de Formación Profesional
Esta línea habilita la posibilidad de que las empresas, al contratar un trabajador egresado de algún curso de capacitación sectorial, puedan contar con un aporte del MTEySS como parte del salario de $ 900 por mes por un periodo de hasta 4 meses.
El empleador considerará a los efectos del cálculo para el pago de aportes y contribuciones a la seguridad social el monto total del salario.
Acciones de Entrenamiento para el Trabajo
Consiste en el apoyo a la realización de prácticas formativas de trabajadores y trabajadoras en empresas. Estas líneas, como parte del Programa Jóvenes con Mas y Mejor Trabajo y del Seguro de Capacitación y Empleo, permite que los trabajadores y trabajadoras puedan hacer una práctica de hasta 20 horas semanales en horario diurno y hasta un máximo de 6 meses de duración en las empresas. Las mismas tienen como responsabilidad la designación de un tutor.
Los trabajadores perciben:
| Tipo de empresa | Aporte Empresa | Aporte MTEySS |
| Micro | - | $ 1.000 |
| Pequeña/Mediana | $ 300 | $ 700 |
| Grande | $ 700 | $ 300 |
Programa de Inserción Laboral
Apoyo a las nuevas contrataciones de trabajadoras y trabajadores en el marco del Programa Jóvenes con Mas y Mejor Trabajo y del Seguro de Capacitación y Empleo.
Esta línea, permite apoyar la inserción laboral de las trabajadoras y trabajadores con más incentivos económicos, los que serán descontados del salario bruto acordado:
Será considerado para el pago de las contribuciones patronales el monto a cargo del empleador, sin contabilizar la ayuda económica abonada por el MTEySS.
Apoyo a la inserción laboral “Ley Nº 26.476” - “Régimen especial de regularización del empleo no registrado y promoción y protección del empleo registrado”
Esta ley permite que los primeros 12 meses, se abone al 50% de las contribuciones patronales y desde el mes 13 al 24, se abonará el 75% de las mismas. Exceptuando de esta reducción Obra Social y ART. El beneficio de esta ley se gestiona a través de AFIP.
Por mayor información puede comunicarse con las Oficinas de Empleo Municipales, las Gerencias de Empleo y Capacitación Laboral o con la Dirección Nacional de Promoción del Empleo tel. 4310-5732 / 5610, por mail a promocionempleo@trabajo.gob.ar